viernes, 27 de agosto de 2010

http://www.los40.com/videos/llegaste-tu/video/1023580.aspx

lunes, 23 de agosto de 2010

La crisis ensancha la brecha entre el sueldo medio y el salario mínimo

La crisis ensancha la brecha entre el sueldo medio y el salario mínimo

Más de 300.000 personas, en su mayoría jóvenes y mujeres, reciben ahora mismo el SMI. Zapatero incumple su promesa de subirlo hasta los 800 euros mensuales.


El salario mínimo interprofesional (SMI) español es uno de los más bajos de la UE dentro de los países que lo tienen establecido en su ordenamiento jurídico. España se sitúa sólo por encima de Grecia y Portugal. En Irlanda, por ejemplo, tal y como señala Eurostat, el salario mínimo alcanza los 1.462 euros mensuales y en Francia, 1.343, casi el doble que en España, donde nos situamos este año en los 633,3 euros al mes (738,85 euros mensuales con dos pagas extras prorrateadas).

Esos poco más de 600 euros suponen un 1,5% más que en 2009 y representan una paga de 21,11 euros diarios. Los trabajadores eventuales y temporales que no trabajan más de 120 días en la misma empresa tienen un salario no inferior a los 30 euros por jornada y el servicio doméstico, de 4,96 euros por hora. Este hecho no se justifica por los niveles de productividad por hora, sino por una remuneración baja por hora.

Más de 300.000 personas, en su mayoría jóvenes y mujeres, reciben el SMI actualmente según datos del INE. El salario base actúa como un colchón que protege a los trabajadores evitando la reducción de los sueldos hasta extremos injustos, puesto que toda remuneración por debajo del SMI se considera ilícita. Su cuantía la fija anualmente el Gobierno previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas y tiene en cuenta el IPC, la productividad media nacional y la coyuntura económica, entre otros factores.

Subir más o menos el salario queda supeditado a juicios de valor y ni los economistas ni el Gobierno ni organizaciones sindicales o empresariales se ponen de acuerdo. Mientras los sindicatos piden un SMI para proteger a los trabajadores de la explotación, los economistas más liberales se muestran contrarios a establecer un sueldo mínimo porque interpretan que es el mercado el que debe fijar ese umbral. El SMI alcanzó su mayor peso relativo en 2007 cuando representó el 41,7 % del salario medio, pero a pesar de haber crecido ininterrumpidamente desde 2004, ese peso relativo ha caído hasta el 40,9%. Este descenso tiene dos causas: la moderación en el ritmo de crecimiento del salario mínimo y el incremento de variación del salario medio que se produce cuando se contrae el empleo menos remunerado, lo que contribuye a elevar las medias salariales. Por eso hay más diferencia entre el salario mínimo y el medio.

Puede generar paro
Un estudio del Ministerio de Trabajo asegura que si el salario mínimo está por encima del de equilibrio, puede generar desempleo, sobre todo entre los jóvenes y la población activa menos cualificada. Dicho informe añade que el SMI podría repercutir de manera negativa sobre salarios de categorías superiores que guardan proporcionalidad con las tarifas más bajas.

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) prefiere esperar hasta septiembre, cuando se comenzará a abordar la cuestión de cara a fijar el SMI de 2011, para hacer declaraciones concretas, aunque ha manifestado su posición precavida: “Si se aumenta mucho el salario mínimo, se incrementan los demás sueldos y crea inflación; hay que ser prudentes”.

El salario medio español también dista del de los vecinos europeos. Según los últimos datos de Adecco, éste se sitúa en 21.500 euros anuales mientras la media europea llega a 27.036 euros.

Promesa electoral
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, entre todas sus promesas electorales incluyó en 2004 la de alcanzar en 2012 el objetivo fijado por la Carta Social Europea, que no es otro que conseguir que el SMI alcance los 800 euros al mes y represente el 60% del salario medio español. Pero ahora, el Gobierno, abrumado por la crisis, se arruga y no parece tan seguro en el cumplimiento de su promesa.

sábado, 21 de agosto de 2010

¿Cuántos años tiene esta modelo?


¿Cuántos años tiene esta modelo?


El cartel de la polémica
American Apparel no es famosa sólo por su ropa, sino que en los últimos meses ha sido protagonista de diversas polémicas en los medios, quién sabe si como relevo de Benetton. Después de que se denunciase de que su dueño había solicitado a sus empleados fotos para ver si eran aptos o no para vender en sus tiendas, ahora la ASA, autoridad británica para la publicidad, ha prohibido una campaña de la marca de ropa, porque en el anuncio salía una chica, aparentemente menor de 16, en poses sugerentes.

Menor de 16 sólo en apariencia, ya que la modelo tiene 23 años, según la defensa de la marca estadounidense, que además indica que la modelo no hace ningún desnudo. La ASA, por otro lado, acusa a American Apparel “mercantilizar el cuerpo femenino”, además de tener en cuenta que se encuentra en la contraportada de la revista en la que fue reproducido, Vice Magazine, por lo que puede ser visto por cualquiera “incluidos los niños”.

“El anuncio es ofensivo e inapropiado porque la modelo parece joven y vulnerable y puede ser sexualizada como una niña”, indica la ASA en su comunicado.

Por su parte, también la revista Vice se ha defendido, alegando que su público objetivo se mueve entre los 18 y los 34 años, y que la distribución gratuita se realiza en bares, pubs o tiendas de ropa para adultos, por lo que considera que son sitios que tienen “el acceso limitado o prohibido a niños”.

Asimismo, la revista también se defiende citando la edad de la modelo y afirmando que American Apparel ya había realizado campañas publicitarias en una línea similar a la aparecida en el anuncio vetado.

Polémicas en todos los ámbitos

American Apparel se ha mostrado a favor de cuestiones polémicas como la del matrimonio homosexual, así como la de la legalización de los inmigrantes ilegales, teniendo en cuenta que según un informe del Servicio de Inmigración de Estados Unidos arrojaba que un tercio de sus trabajadores podrían ser clandestinos. Pero la última información aparecida sobre la marca hacía referencia al atractivo de sus trabajadores.

Según una información recogida por The Daily Telegraph, un jefe de tienda de AA envió un anónimo a la web Gawker, el CEO de la empresa, Dov Charney habría enviado una nota a las tiendas con menores ventas para que le remitiesen las fotos de sus empleados, para que los que fuesen menos atractivos abandonasen su empleo.

Ni el mismo Woody Allen se ha librado de la polémica, ya que la marca estadounidense utilizó una imagen de ‘Annie Hall’ para una campaña publicitaria. Allen les denunció en una demanda que le costó a la empresa cinco millones de dólares.

¿Cuántos años tiene esta modelo?


¿Cuántos años tiene esta modelo?


El cartel de la polémica
American Apparel no es famosa sólo por su ropa, sino que en los últimos meses ha sido protagonista de diversas polémicas en los medios, quién sabe si como relevo de Benetton. Después de que se denunciase de que su dueño había solicitado a sus empleados fotos para ver si eran aptos o no para vender en sus tiendas, ahora la ASA, autoridad británica para la publicidad, ha prohibido una campaña de la marca de ropa, porque en el anuncio salía una chica, aparentemente menor de 16, en poses sugerentes.

Menor de 16 sólo en apariencia, ya que la modelo tiene 23 años, según la defensa de la marca estadounidense, que además indica que la modelo no hace ningún desnudo. La ASA, por otro lado, acusa a American Apparel “mercantilizar el cuerpo femenino”, además de tener en cuenta que se encuentra en la contraportada de la revista en la que fue reproducido, Vice Magazine, por lo que puede ser visto por cualquiera “incluidos los niños”.

“El anuncio es ofensivo e inapropiado porque la modelo parece joven y vulnerable y puede ser sexualizada como una niña”, indica la ASA en su comunicado.

Por su parte, también la revista Vice se ha defendido, alegando que su público objetivo se mueve entre los 18 y los 34 años, y que la distribución gratuita se realiza en bares, pubs o tiendas de ropa para adultos, por lo que considera que son sitios que tienen “el acceso limitado o prohibido a niños”.

Asimismo, la revista también se defiende citando la edad de la modelo y afirmando que American Apparel ya había realizado campañas publicitarias en una línea similar a la aparecida en el anuncio vetado.

Polémicas en todos los ámbitos

American Apparel se ha mostrado a favor de cuestiones polémicas como la del matrimonio homosexual, así como la de la legalización de los inmigrantes ilegales, teniendo en cuenta que según un informe del Servicio de Inmigración de Estados Unidos arrojaba que un tercio de sus trabajadores podrían ser clandestinos. Pero la última información aparecida sobre la marca hacía referencia al atractivo de sus trabajadores.

Según una información recogida por The Daily Telegraph, un jefe de tienda de AA envió un anónimo a la web Gawker, el CEO de la empresa, Dov Charney habría enviado una nota a las tiendas con menores ventas para que le remitiesen las fotos de sus empleados, para que los que fuesen menos atractivos abandonasen su empleo.

Ni el mismo Woody Allen se ha librado de la polémica, ya que la marca estadounidense utilizó una imagen de ‘Annie Hall’ para una campaña publicitaria. Allen les denunció en una demanda que le costó a la empresa cinco millones de dólares.

martes, 17 de agosto de 2010

¿Cuánto dinero paga a Hacienda cada año?

¿Cuánto dinero paga a Hacienda cada año?

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CALCULE SU ESFUERZO FISCAL
¿Cuánto dinero paga a Hacienda cada año?
¿Pagan "pocos impuestos" los españoles? Un trabajador apenas dispone libremente del 53% de su sueldo tras cumplir con el Fisco: un salario real de 29.400 euros al año se traduce en apenas 15.580 euros disponibles. Descubra cuánto paga a Hacienda.





Hacia la mayor carga fiscal de la zona euro
El incremento del IRPF, la fórmula del Gobierno para su subida de impuestos
Blanco amenaza con una nueva subida de impuestos porque "son muy bajos"
2010-08-17ImprimirEnviarCorregirComentar
M. LLAMAS
Muchos españoles desconocen su aportación tributaria real, ya que Hacienda capta de forma automática una parte sustancial de la renta del trabajador vía cotizaciones sociales e impuestos directos. Si a ello se suma el pago de tributos indirectos y tasas públicas de diversa índole, la realidad es que los contribuyentes soportan uno de los esfuerzos fiscales más elevados de la zona euro.

En realidad, casi la mitad de lo que gana anualmente un asalariado acaba engordando las arcas de la Administración Pública. En concreto, los técnicos de Hacienda (Gestha) estiman que, de media, el 47% del sueldo de los trabajadores por cuenta ajena va destinado al pago de impuestos. Es decir, apenas pueden disponer del 53% de su salario efectivo.

Un asalariado que gana 22.802 euros brutos al año (sueldo medio en 2008) paga de media 7.213 euros en impuestos, con lo que apenas podrá disponer libremente de 15.589 euros o, lo que es lo mismo, 1.299 euros al mes. De su salario bruto Hacienda se queda con 1.447 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social, 3.252 euros en IRPF, unos 2.000 euros para el pago del IVA y otros 498 euros en Impuestos Especiales (IIEE).

De este modo, un trabajador que cobra 1.628 euros brutos al mes (22.802 euros anuales divididos en 14 pagas) apenas percibe 1.113 euros netos tras cumplir con el Fisco. Dicho de otro modo, los famosos mileuristas pagarían a Hacienda una media de 515 euros al mes. El Gobierno convierte así a millones de trabajadores en mileuristas cuando, en realidad, el valor real de su trabajo (a precios de mercado) es muy superior.

Salario real muy superior al percibido

Sin embargo, la situación es aún más grave si a esta elevada cuantía tributaria que paga el trabajador se suma el coste que supone para la empresa su contratación. Y es que, una parte sustancial de los sueldos que pagan las empresas es captada de forma directa por Hacienda a través de las cotizaciones sociales. Casi un tercio del salario real de los trabajadores se destina al pago de dichas cuotas, cuyo tipo impositivo asciende al 28,3% en 2010 (la empresa se hace cargo del 23,6% y el trabajador del 4,7% restante).

Así, siguiendo con el ejemplo anterior, un trabajador que percibiera un sueldo bruto de 22.802 euros en 2008 supuso para la empresa un coste total de 29.414 euros, una vez sumada la cuota obligatoria abonada a la Seguridad Social, tal y como muestra el cuadro elaborado por Gestha. Y es que, según la metodología que emplea la OCDE, las cuotas sociales satisfechas por la empresa se consideran igualmente renta bruta disponible del empleado.



¿Problema? Un individuo cuyo trabajo es valorado por el mercado a un precio de 29.414 euros anuales (coste laboral total) apenas cobra un salario bruto de 22.802 euros que, una vez descontado el pago de impuestos directos e indirectos, se reduce a un sueldo efectivo (renta neta disponible) de 15.586 euros al año (el 53% de su sueldo real). Es decir, Hacienda se queda con el 47% (13.827 euros) del sueldo que percibe un trabajador medio.

De este modo, gracias a la elevada tributación que aplica la Administración Pública, un trabajador cuyo sueldo real (a precios de mercado) asciende a 2.101 euros mensuales (en 14 pagas) apenas termina disfrutando libremente de 1.132 euros al mes. Casi la mitad del fruto de su trabajo acaba engrosando las arcas públicas.

Pese a ello, la tributación de cada individuo varía en función de múltiples variables, tales como la renta disponible, el nivel de ahorro y de consumo, la contratación de fondos de inversión o de pensiones, así como la compraventa de vivienda y el pago de una hipoteca, entra otras.

Más allá del ejemplo tipo elaborado por los técnicos de Hacienda, existen algunas herramientas útiles para calcular, de forma aproximada, la cantidad de impuestos que satisface cada contribuyente en el conjunto del año. Éste es el caso de la "calculadora de impuestos" elaborada por el think tank navarro Institución Futuro.

Aunque su metodología se limita a estimar el esfuerzo fiscal que realizan los navarros (muy inferior al que existe en otras comunidades autónomas, sobre todo, tras la última oleada de subidas fiscales aprobadas por algunos gobiernos regionales socialistas), su uso puede ofrecer una imagen bastante fiel sobre el pago real de tributos.

Pero, la cuantía total a abonar dependerá, en gran medida, de las circunstancias personales de cada contribuyente: CALCULE AQUÍ CUÁNTO PAGA A HACIENDA

Tipo 1: Un joven que perciba un sueldo bruto anual de 20.000 euros, que viva en casa de sus padres, que tenga coche y un gasto mensual en gasolina de 50 euros pagaría a Hacienda 5.490 euros y trabajaría 100 días al año para pagar impuestos. A esta cifra se sumarían, además, los 5.980 euros en cotizaciones sociales que paga la empresa.



Tipo 2: Un trabajador con un sueldo bruto anual de 30.000 euros, casado y con hijos a su cargo, con hipoteca, que haya ahorrado 1.000 euros y que pague una factura de luz de 30 euros al mes y 80 de gasolina pagaría 9.925 euros a Hacienda, trabajando así 120 días al año para el Fisco. La Seguridad Social que abona la empresa le restaría otros 8.970 euros anuales de su sueldo real.



Tipo 3: Un trabajador con un sueldo bruto anual de 40.000 euros, divorciado, pero con hijos, que haya ahorrado 2.000 euros, que pague una factura de luz de 40 euros al mes, con hipoteca, unos 100 euros en gasolina y que, además, consuma alcohol y sea fumador pagaría 14.000 euros a Hacienda, trabajando casi 128 días para el Gobierno. Su empresa abonaría otros 11.360 euros en concepto de Seguridad Social (el 28,4% de su sueldo real).

¿Cuánto dinero paga a Hacienda cada año?





CALCULE SU ESFUERZO FISCAL


¿Cuánto dinero paga a Hacienda cada año?


¿Pagan "pocos impuestos" los españoles? Un trabajador apenas dispone libremente del 53% de su sueldo tras cumplir con el Fisco: un salario real de 29.400 euros al año se traduce en apenas 15.580 euros disponibles. Descubra cuánto paga a Hacienda.





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Blanco amenaza con una nueva subida de impuestos porque "son muy bajos"
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M. LLAMAS
Muchos españoles desconocen su aportación tributaria real, ya que Hacienda capta de forma automática una parte sustancial de la renta del trabajador vía cotizaciones sociales e impuestos directos. Si a ello se suma el pago de tributos indirectos y tasas públicas de diversa índole, la realidad es que los contribuyentes soportan uno de los esfuerzos fiscales más elevados de la zona euro.

En realidad, casi la mitad de lo que gana anualmente un asalariado acaba engordando las arcas de la Administración Pública. En concreto, los técnicos de Hacienda (Gestha) estiman que, de media, el 47% del sueldo de los trabajadores por cuenta ajena va destinado al pago de impuestos. Es decir, apenas pueden disponer del 53% de su salario efectivo.

Un asalariado que gana 22.802 euros brutos al año (sueldo medio en 2008) paga de media 7.213 euros en impuestos, con lo que apenas podrá disponer libremente de 15.589 euros o, lo que es lo mismo, 1.299 euros al mes. De su salario bruto Hacienda se queda con 1.447 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social, 3.252 euros en IRPF, unos 2.000 euros para el pago del IVA y otros 498 euros en Impuestos Especiales (IIEE).

De este modo, un trabajador que cobra 1.628 euros brutos al mes (22.802 euros anuales divididos en 14 pagas) apenas percibe 1.113 euros netos tras cumplir con el Fisco. Dicho de otro modo, los famosos mileuristas pagarían a Hacienda una media de 515 euros al mes. El Gobierno convierte así a millones de trabajadores en mileuristas cuando, en realidad, el valor real de su trabajo (a precios de mercado) es muy superior.

Salario real muy superior al percibido

Sin embargo, la situación es aún más grave si a esta elevada cuantía tributaria que paga el trabajador se suma el coste que supone para la empresa su contratación. Y es que, una parte sustancial de los sueldos que pagan las empresas es captada de forma directa por Hacienda a través de las cotizaciones sociales. Casi un tercio del salario real de los trabajadores se destina al pago de dichas cuotas, cuyo tipo impositivo asciende al 28,3% en 2010 (la empresa se hace cargo del 23,6% y el trabajador del 4,7% restante).

Así, siguiendo con el ejemplo anterior, un trabajador que percibiera un sueldo bruto de 22.802 euros en 2008 supuso para la empresa un coste total de 29.414 euros, una vez sumada la cuota obligatoria abonada a la Seguridad Social, tal y como muestra el cuadro elaborado por Gestha. Y es que, según la metodología que emplea la OCDE, las cuotas sociales satisfechas por la empresa se consideran igualmente renta bruta disponible del empleado.



¿Problema? Un individuo cuyo trabajo es valorado por el mercado a un precio de 29.414 euros anuales (coste laboral total) apenas cobra un salario bruto de 22.802 euros que, una vez descontado el pago de impuestos directos e indirectos, se reduce a un sueldo efectivo (renta neta disponible) de 15.586 euros al año (el 53% de su sueldo real). Es decir, Hacienda se queda con el 47% (13.827 euros) del sueldo que percibe un trabajador medio.

De este modo, gracias a la elevada tributación que aplica la Administración Pública, un trabajador cuyo sueldo real (a precios de mercado) asciende a 2.101 euros mensuales (en 14 pagas) apenas termina disfrutando libremente de 1.132 euros al mes. Casi la mitad del fruto de su trabajo acaba engrosando las arcas públicas.

Pese a ello, la tributación de cada individuo varía en función de múltiples variables, tales como la renta disponible, el nivel de ahorro y de consumo, la contratación de fondos de inversión o de pensiones, así como la compraventa de vivienda y el pago de una hipoteca, entra otras.

Más allá del ejemplo tipo elaborado por los técnicos de Hacienda, existen algunas herramientas útiles para calcular, de forma aproximada, la cantidad de impuestos que satisface cada contribuyente en el conjunto del año. Éste es el caso de la "calculadora de impuestos" elaborada por el think tank navarro Institución Futuro.

Aunque su metodología se limita a estimar el esfuerzo fiscal que realizan los navarros (muy inferior al que existe en otras comunidades autónomas, sobre todo, tras la última oleada de subidas fiscales aprobadas por algunos gobiernos regionales socialistas), su uso puede ofrecer una imagen bastante fiel sobre el pago real de tributos.

Pero, la cuantía total a abonar dependerá, en gran medida, de las circunstancias personales de cada contribuyente: CALCULE AQUÍ CUÁNTO PAGA A HACIENDA

Tipo 1: Un joven que perciba un sueldo bruto anual de 20.000 euros, que viva en casa de sus padres, que tenga coche y un gasto mensual en gasolina de 50 euros pagaría a Hacienda 5.490 euros y trabajaría 100 días al año para pagar impuestos. A esta cifra se sumarían, además, los 5.980 euros en cotizaciones sociales que paga la empresa.



Tipo 2: Un trabajador con un sueldo bruto anual de 30.000 euros, casado y con hijos a su cargo, con hipoteca, que haya ahorrado 1.000 euros y que pague una factura de luz de 30 euros al mes y 80 de gasolina pagaría 9.925 euros a Hacienda, trabajando así 120 días al año para el Fisco. La Seguridad Social que abona la empresa le restaría otros 8.970 euros anuales de su sueldo real



Tipo 3: Un trabajador con un sueldo bruto anual de 40.000 euros, divorciado, pero con hijos, que haya ahorrado 2.000 euros, que pague una factura de luz de 40 euros al mes, con hipoteca, unos 100 euros en gasolina y que, además, consuma alcohol y sea fumador pagaría 14.000 euros a Hacienda, trabajando casi 128 días para el Gobierno. Su empresa abonaría otros 11.360 euros en concepto de Seguridad Social (el 28,4% de su sueldo real).

CALCULE SU ESFUERZO FISCAL


¿Cuánto dinero paga a Hacienda cada año?


¿Pagan "pocos impuestos" los españoles? Un trabajador apenas dispone libremente del 53% de su sueldo tras cumplir con el Fisco: un salario real de 29.400 euros al año se traduce en apenas 15.580 euros disponibles. Descubra cuánto paga a Hacienda.





Hacia la mayor carga fiscal de la zona euro
El incremento del IRPF, la fórmula del Gobierno para su subida de impuestos
Blanco amenaza con una nueva subida de impuestos porque "son muy bajos"
2010-08-17ImprimirEnviarCorregirComentar
M. LLAMAS
Muchos españoles desconocen su aportación tributaria real, ya que Hacienda capta de forma automática una parte sustancial de la renta del trabajador vía cotizaciones sociales e impuestos directos. Si a ello se suma el pago de tributos indirectos y tasas públicas de diversa índole, la realidad es que los contribuyentes soportan uno de los esfuerzos fiscales más elevados de la zona euro.

En realidad, casi la mitad de lo que gana anualmente un asalariado acaba engordando las arcas de la Administración Pública. En concreto, los técnicos de Hacienda (Gestha) estiman que, de media, el 47% del sueldo de los trabajadores por cuenta ajena va destinado al pago de impuestos. Es decir, apenas pueden disponer del 53% de su salario efectivo.

Un asalariado que gana 22.802 euros brutos al año (sueldo medio en 2008) paga de media 7.213 euros en impuestos, con lo que apenas podrá disponer libremente de 15.589 euros o, lo que es lo mismo, 1.299 euros al mes. De su salario bruto Hacienda se queda con 1.447 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social, 3.252 euros en IRPF, unos 2.000 euros para el pago del IVA y otros 498 euros en Impuestos Especiales (IIEE).

De este modo, un trabajador que cobra 1.628 euros brutos al mes (22.802 euros anuales divididos en 14 pagas) apenas percibe 1.113 euros netos tras cumplir con el Fisco. Dicho de otro modo, los famosos mileuristas pagarían a Hacienda una media de 515 euros al mes. El Gobierno convierte así a millones de trabajadores en mileuristas cuando, en realidad, el valor real de su trabajo (a precios de mercado) es muy superior.

Salario real muy superior al percibido

Sin embargo, la situación es aún más grave si a esta elevada cuantía tributaria que paga el trabajador se suma el coste que supone para la empresa su contratación. Y es que, una parte sustancial de los sueldos que pagan las empresas es captada de forma directa por Hacienda a través de las cotizaciones sociales. Casi un tercio del salario real de los trabajadores se destina al pago de dichas cuotas, cuyo tipo impositivo asciende al 28,3% en 2010 (la empresa se hace cargo del 23,6% y el trabajador del 4,7% restante).

Así, siguiendo con el ejemplo anterior, un trabajador que percibiera un sueldo bruto de 22.802 euros en 2008 supuso para la empresa un coste total de 29.414 euros, una vez sumada la cuota obligatoria abonada a la Seguridad Social, tal y como muestra el cuadro elaborado por Gestha. Y es que, según la metodología que emplea la OCDE, las cuotas sociales satisfechas por la empresa se consideran igualmente renta bruta disponible del empleado.



¿Problema? Un individuo cuyo trabajo es valorado por el mercado a un precio de 29.414 euros anuales (coste laboral total) apenas cobra un salario bruto de 22.802 euros que, una vez descontado el pago de impuestos directos e indirectos, se reduce a un sueldo efectivo (renta neta disponible) de 15.586 euros al año (el 53% de su sueldo real). Es decir, Hacienda se queda con el 47% (13.827 euros) del sueldo que percibe un trabajador medio.

De este modo, gracias a la elevada tributación que aplica la Administración Pública, un trabajador cuyo sueldo real (a precios de mercado) asciende a 2.101 euros mensuales (en 14 pagas) apenas termina disfrutando libremente de 1.132 euros al mes. Casi la mitad del fruto de su trabajo acaba engrosando las arcas públicas.

Pese a ello, la tributación de cada individuo varía en función de múltiples variables, tales como la renta disponible, el nivel de ahorro y de consumo, la contratación de fondos de inversión o de pensiones, así como la compraventa de vivienda y el pago de una hipoteca, entra otras.

Más allá del ejemplo tipo elaborado por los técnicos de Hacienda, existen algunas herramientas útiles para calcular, de forma aproximada, la cantidad de impuestos que satisface cada contribuyente en el conjunto del año. Éste es el caso de la "calculadora de impuestos" elaborada por el think tank navarro Institución Futuro.

Aunque su metodología se limita a estimar el esfuerzo fiscal que realizan los navarros (muy inferior al que existe en otras comunidades autónomas, sobre todo, tras la última oleada de subidas fiscales aprobadas por algunos gobiernos regionales socialistas), su uso puede ofrecer una imagen bastante fiel sobre el pago real de tributos.

Pero, la cuantía total a abonar dependerá, en gran medida, de las circunstancias personales de cada contribuyente: CALCULE AQUÍ CUÁNTO PAGA A HACIENDA

Tipo 1: Un joven que perciba un sueldo bruto anual de 20.000 euros, que viva en casa de sus padres, que tenga coche y un gasto mensual en gasolina de 50 euros pagaría a Hacienda 5.490 euros y trabajaría 100 días al año para pagar impuestos. A esta cifra se sumarían, además, los 5.980 euros en cotizaciones sociales que paga la empresa.



Tipo 2: Un trabajador con un sueldo bruto anual de 30.000 euros, casado y con hijos a su cargo, con hipoteca, que haya ahorrado 1.000 euros y que pague una factura de luz de 30 euros al mes y 80 de gasolina pagaría 9.925 euros a Hacienda, trabajando así 120 días al año para el Fisco. La Seguridad Social que abona la empresa le restaría otros 8.970 euros anuales de su sueldo real



Tipo 3: Un trabajador con un sueldo bruto anual de 40.000 euros, divorciado, pero con hijos, que haya ahorrado 2.000 euros, que pague una factura de luz de 40 euros al mes, con hipoteca, unos 100 euros en gasolina y que, además, consuma alcohol y sea fumador pagaría 14.000 euros a Hacienda, trabajando casi 128 días para el Gobierno. Su empresa abonaría otros 11.360 euros en concepto de Seguridad Social (el 28,4% de su sueldo real).

lunes, 16 de agosto de 2010

domingo, 15 de agosto de 2010

Japón pide perdón a Asia por el "sufrimiento" causado durante la II Guerra Mundial

Japón pide perdón a Asia por el "sufrimiento" causado durante la II Guerra Mundial
El primer ministro lee un discurso de disculpa en el acto de conmemoración del 65º aniversario de la rendición nipona
AGENCIAS - Madrid - 15/08/2010

Vota Resultado 31 votos Comentarios - 59
Japón pide perdón a Asia por el "sufrimiento" que causó a varios países durante la II Guerra Mundial. El 65º aniversario de la rendición nipona se ha conmemorado hoy con un mensaje del primer ministro, Naoto Kan, en el que ha pedido disculpas por el daño causado por su país durante su expansión bélica, especialmente en Asia. "Sentimos un profundo remordimiento", ha asegurado Kan en un discurso ante unas 6.000 personas en el estadio Budokan de Tokio, durante un acto en el que se ha recordado a los 2,3 millones de soldados y 800.000 civiles japoneses muertos en el conflicto.


Japón
A FONDO
Capital: Tokio.
Gobierno:Monarquía Constitucional.
Población:127,288,419 (est. 2008)
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El 15 de agosto de 1945, pocos días después de que EEUU lanzara las bombas atómicas que arrasaron las ciudades de Hiroshima y Nagasaki, el emperador Hirohito anunciaba por radio la "rendición incondicional" de Japón ante las fuerzas aliadas. Además, Hirohito anuló el halo divino que hasta entonces se otorgaba a su figura en Japón, donde el emperador era contemplado como un dios viviente. Aquel mensaje puso punto final a la trágica contienda mundial y abrió una nueva página en la historia del archipiélago nipón, que durante décadas había protagonizado una feroz campaña colonizadora en Asia que pesa, todavía hoy, en las relaciones diplomáticas con sus vecinos.

Naoto Kan ha lamentado hoy los "grandes daños" infligidos por Japón a la población de muchos países asiáticos y ha expresado "sinceros sentimientos de condolencia" por quienes sufrieron y sus familiares, ante un público entre el que se encontraban el emperador Akihito y su esposa, la emperatriz Michiko. El mensaje de disculpa llega cinco días después de que el primer ministro nipón pidiera formalmente perdón a Corea del Sur por la ocupación colonial (1910-1945), de cuyo fin se cumplen hoy también 65 años. En Seúl, el presidente surcoreano, Lee Myung-bak, ha dicho hoy que esas disculpas "suponen un paso adelante", aunque matiza que "todavía quedan cuestiones que deben ser resueltas", en referencia a algunas disputas aún abiertas, como el conflicto territorial en torno a las islas Dokdo, cuya soberanía Tokio reclama.

Compromiso con la paz mundial

El primer ministro japonés, por otra parte, ha reafirmado el compromiso de Japón con la paz y ha asegurado que su país "contribuirá activamente al establecimiento de una paz mundial duradera". Compromiso que está plasmado en su Constitución, firmada dos años después del fin de la II Guerra Mundial. En su artículo noveno subraya la renuncia del país asiático a la guerra y al uso de la fuerza. Por eso, tras el conflicto mundial Japón no formó un Ejército propiamente dicho sino las denominadas Fuerzas de Autodefensa, que solo pueden entrar en acción en caso de ser atacadas.

Tras el mensaje del primer ministro japonés, los asistentes a la ceremonia en el estadio Budokan han guardado un minuto de silencio en memoria de las víctimas de la contienda, y luego el emperador Akihito se ha dirigido al público para mostrar su esperanza "de que el horror de la guerra no se repita". Antes de la ceremonia, Kan ha visitado un cementerio en Tokio para depositar una ofrenda floral en memoria de los soldados japoneses fallecidos. Sin embargo, ha evitado acudir al polémico templo de Yasukuni, que honra a los militares caídos, entre ellos varios criminales de guerra.

Un santuario polémico

Cada año, con motivo del aniversario de la rendición de Japón, miles de personas acuden al santuario de Yasukuni, entre ellos varios políticos, a rendir homenaje a los muertos en la guerra. Esas visitas son contempladas con recelo por los vecinos asiáticos que fueron colonizados por Japón, especialmente por China y Corea, los que más sufrieron la brutalidad del expansionismo nipón, ya que consideran que el lugar es un símbolo del nacionalismo del país asiático.

Aunque los miembros del actual Gobierno se abstuvieron de ir a Yasukuni, sí lo hicieron el líder del opositor Partido Liberal Demócrata (PLD), Sadakazu Tanigaki, y personalidades como el ex primer ministro Shinzo Abe. El último primer ministro que visitó Yasukuni mientras estaba en el poder fue Junichiro Koizumi, que gobernó entre 2001 y 2006. Quien también visitó el templo este fin de semana fue el líder de la ultraderecha francesa Jean-Marie Le Pen, de 82 años, acompañado de varios representantes de la extrema derecha europea, que se encuentran en Tokio para asistir a una reunión internacional.

sábado, 7 de agosto de 2010

La BBC pone gratis en la red su impresionante archivo de músicas del mundo



La BBC pone gratis en la red su impresionante archivo de músicas del mundo

Reporteros de Londres viajaron a más de cuarenta países, algunos de ellos en guerra, para las grabaciones
La BBC pone gratis en la red su impresionante archivo de músicas del mundo
Pablo López, 07 de agosto de 2010 a las 15:23
Durante 10 años, reporteros de la BBC de Londres viajaron por cincuenta países --Corea del Norte, India, Córcega, China, Cuba, Irán, Brasil, Mozambique, Turquía y muchos más-- grabando la música local para realizar luego reportajes para BBC Radio 3.

Esas más de cien horas de grabaciones de alta calidad están ahora disponibles gratuitamente en la web de la BBC --World Music on Radio 3 - Current Programmes and Archive--, con narraciones en inglés.

No hace falta ser un melómano para disfrutar esta joya de las músicas del mundo.

AFRICA
Cameroon
The Baka Music House (2004)
Cape Verde
Specially-made recordings (2009)
Ethiopia
Comic Relief (2003)
Ghana
50 years of independence (2007)
Guinea-Bissau
Balanta men & gumbe (2003)
Madagascar
Hira Gasy & court music (2009)
Mali
Trip into Malian Music (1989)
Festival in the Desert (2003)
Ali Farka Toure (2006)
Bambara Blues (2007)
Oumou Sangare (2005)
Festival on the Niger (2006)
Mauritania
Festival of Nomad Music (2006)
Mozambique
Diverse Musical Traditions (2005)
South Africa
Democratic Rainbow Nation (1995)
Uganda
Africa Lives (2007)
Zanzibar
Taarab & Bi Kidude (2005)
Zimbabwe
A trip with Biggie Tembo (1988)

ASIA-PACIFIC
China
Silk & Bamboo (2000)
Chinese Ethnic Music (2008)
India
Songs of the Sufi Mystics (2000)
North India (2003)
Music for Lord Krishna (2005)
Golden Temple of Amritsar (2007)
Indonesia
Gamelan Journeys (2003)
Japan
Tokyo & Okinawa (2006)
North Korea
1st ever radio programme (2003)
Pakistan
Songs of the Sufi Mystics (2000)
The Sufi Shrines (2007)
Turkmenistan
Christmas in Ashgabat (2005)
Vietnam
Saigon & Hanoi (2002)

EUROPE
Azerbaijan
Musical traditions (2008)
Corsica & Sardinia
Corsica & Sardinia (2005)
France
Marseille (2006)
Georgia
Ancient musical traditions (2007)
Greece
Epirus, S. Greece & Crete (2004)
Poland
Chopin's Poland (2008)
Romania
Transylvanian Gypsy music (2004)
Turkey
Istanbul (2009)

AMERICAS
Belize
Garifuna & Settlement day (2002)
Brazil
Carnival (2008)
North East (2008)
Cuba
Cuba's musical roots (2007)
Haiti
Haiti's presidential election (2000)
Mexico
Son Jarocho & Malinto choir (2002)
Panama
Cumbia & Tomborito Drums (2002)
Peru
Peru's music (2006)
Venezuela
Hidden music of Venezuela (2004)
United States of America
Appalachia (2009)
MIDDLE EAST & NORTH AFRICA
Algeria
Rai Music. Kabilian Mountains & the Sahara desert (2006)
Iran
Classical & Local music (2001)
Musical life in Iran (2004)
Iraq
Classical & Gypsy Music (2001)
Israel
Israel's Ethnic Makeup (2004)
Nazareth, Jerusalem & the International Oud Festival (2008)
Jordan
Bedouin Music & Amman (2007)
Ilham Al Madfai (2007)
Syria
Damascus & Aleppo (2005)

Los efectos perversos del binomio hijos-casa

Los efectos perversos del binomio hijos-casa

El Código Civil vincula el uso de la vivienda a la custodia de los niños en caso de divorcio - Muchos hombres acaban fuera del hogar y sin medios para pagar la pensión


Ya no hay casi nada que dure toda la vida. Ni el empleo, ni el matrimonio y mucho menos la vivienda, porque, si el divorcio llama a su puerta, la casa de sus sueños puede acabar convertida en una larga pesadilla. Algunos jueces, y hasta el propio Tribunal Supremo, han empezado a poner cordura para evitar que el Código Civil se convierta en una ley del embudo en el que, teniendo en cuenta que la mayoría de las veces la madre se queda con los niños y la casa, lo ancho es para muchas, y lo estrecho, para muchos.

Las excepciones de Cataluña y Aragón
Tres leyes para la misma realidad
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En España se rompen cada año unas 50.000 parejas que tienen hijos

"Es preferible que el niño tenga padre y madre a piscina", explica una juez

En España se rompen cada año más de 120.000 parejas. En seis de cada 10 casos no hay hijos y es más fácil decidir qué se hace con la vivienda. A falta de acuerdo, el artículo 96 del Código Civil establece que el uso de la casa podrá atribuirse "por el tiempo que prudencialmente se fije" al cónyuge que no sea el titular, siempre que fuera el más necesitado de protección.

La situación se complica si hay descendencia, como les ocurre anualmente a 50.000 parejas. El mismo artículo 96 establece que, "en defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden".

La discriminación, pues, está servida, porque se vincula la custodia de los hijos a la atribución del uso de la casa, sin distinguir quién es el propietario, cómo se adquirió, qué renta tiene cada cónyuge o quién pagó la hipoteca mientras duró el matrimonio. Y la ley no especifica que ese uso estará limitado en el tiempo, con lo que la mujer tiene derecho a disfrutar de ella hasta que los hijos se vayan de casa. La excepción a ese marco legal que afecta a toda España son las leyes que han aprobado las Cortes de Aragón y el Parlamento de Cataluña, en las que se deja claro que el juez limitará el tiempo durante el que se podrá disfrutar la casa.

El origen de la desigualdad vigente es que en España no se liquidan los bienes de la pareja cuando llega el divorcio, como ocurre en la mayoría de países de un desarrollo similar, sino que, por decirlo de manera gráfica, los niños se vinculan al ladrillo. Y como en el 89% de los casos se atribuye la custodia a las madres, para ellas es también el derecho de uso de la vivienda, aunque los padres acaben, de la noche a la mañana, en la calle, sin hijos y obligados a pagar la pensión de alimentos y los muchos años de hipoteca pendientes de una casa en la que no vivirán.

Los abogados de familia y algunos jueces vienen advirtiendo desde hace años de esa desigualdad y de la necesidad de evitar que en el divorcio haya ganadores y perdedores. Argumentan que la mejor manera de proteger el interés de los niños, que siempre se invoca, es que sigan teniendo padre y madre. Y, para lograrlo, esos juristas consideran imprescindible la modificación del citado artículo 96.

El caso de Jorge Skibinsky es ilustrativo de la sentencia al uso que se dicta en España. En 1996 se construyó una vivienda a las afueras de Palma de Mallorca, en un terreno de 8.000 metros cuadrados. Cinco años después se rompió la pareja. Los niños tenían 9 y 13 años, ella no trabajaba fuera de casa y la justicia le atribuyó la custodia. En consecuencia, él se tuvo que ir de casa, con la obligación de abonarle a ella una pensión compensatoria y pagar la totalidad de la hipoteca, porque la mujer carecía de trabajo e ingresos. De vivir en 250 metros cuadrados, garaje y jardín, pasó a una habitación en el piso de un amigo.

"Yo me ganaba bien la vida como médico, pero sólo me quedaban 300 euros para vivir. Pensé que era intolerable y decidí actuar", explica. Se fue al banco y anunció que dejaría de pagar la hipoteca para que se lo hicieran saber a su ex mujer. Según explica él, por aquel entonces ella tenía un amigo adinerado que se hizo cargo del recibo nueve meses, hasta que se cansó.

La mujer comprendió entonces que no tenía más remedio que negociar; acordaron la venta de la casa y se repartieron el dinero. "Me arriesgué a perderlo todo, pero no me importaba. No estaba dispuesto a tolerar esa injusticia", dice Skibinsky.

"Si el matrimonio se rompe es preferible que el niño siga teniendo padre y madre, en vez de vivir en una casa con piscina pero sin ver a papá", explica de manera ilustrativa una juez que reclama el anonimato para hablar con mayor soltura y que ha dictando varias sentencias de custodia compartida. Como algunos otros de sus colegas, que huyen de los automatismos y pretenden ser más equilibrados entre las partes en conflicto.

Una de esas últimas resoluciones la dictó el mes pasado el juez Francisco Serrano, titular del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Sevilla, al acordar que los padres de dos hijos de 12 y 10 años a los que concedió la custodia compartida se turnen en el uso del domicilio familiar. De manera que la mujer permanecerá en la vivienda hasta el final del próximo curso escolar, y después será él quien habite la casa.

Una solución difícilmente aplicable a la mayoría de los casos si no existe un cierto nivel económico y que considera inapropiada Justo Sáenz, presidente de la Confederación Estatal de Madres y Padres Separados, porque, en su opinión, "es muy gravosa y sólo generará más conflictividad en los cónyuges". En su opinión, el Código Civil debería seguir el ejemplo de las leyes catalana y aragonesa para forzar a la pareja a vender la casa superado un período de tiempo tras el divorcio para que la parte más débil pueda recuperarse en su economía.

El juez Serrano ha criticado en los últimos meses con dureza la Ley Integral de Violencia sobre la Mujer, lo que le ha valido un expediente del Consejo General del Poder Judicial. Hace unos meses también planteó la necesidad de reformar el artículo 96 del Código Civil porque considera que comporta un "incomprensible planteamiento, generador de desigualdad, consiguiente injusticia y fuente de conflictos viscerales y, por desgracia, de episodios de violencia doméstica".

La abogada Elvira Rodríguez explica que "la vivienda es el tema que más dificulta llegar a un acuerdo con la otra parte" y asegura que "la limitación del uso de la casa evitaría situaciones tan duras como las que viven algunos de sus clientes, que a los 40 o 45 años vuelven con sus padres porque no les queda dinero para un alquiler". Esa limitación temporal de la casa, evitaría, además, la radicalización de las relaciones entre progenitores, de la que, al final, se acaban resintiendo los hijos, dice la abogada. "Lo que me parece intolerable es que encima de cornudo, apaleado", se lamenta Rodríguez.

El juez Serrano lo plantea de manera más irónica en su propuesta de modificación del Código Civil. "La tendencia e inercia ha sido la de entender que la vivienda familiar ha de ser para las abnegadas y sufridas esposas o madres que se separan o divorcian, pues ellas son las llamadas por naturaleza, historia y tradición a la atención de la prole, ellas son las únicas llamadas a decidir sobre sus vidas, en un claro exponente de una rancia convicción radical, que hace recordar otrora respetables principios machistas reflejados en la legislación de la dictadura franquista, y que hoy por unanimidad se rechazan", dice.

Nadie cuestiona que la mujer tiene la ley por el mango cuando llega el divorcio, aunque también es innegable que con el paso de los años, y si no la suelta a tiempo, puede acabar sufriendo graves quemaduras. Esa misma ley que facilita que él sea echado de casa también le permite que la expulse a ella si no paga la mitad del valor de la vivienda cuando los hijos se emancipen. Y del mismo modo que ocurrió con él, la ley tampoco considerará ni la edad que tenga la mujer, ni la situación económica y personal en la que quede.

"El sistema judicial y social está tan mal montado que facilita la actuación de los perversos, sean del sexo que sean", explica la misma juez, quien añade que "nadie se ocupa de la ejecución de las sentencias en España, un país con un elevado porcentaje de economía sumergida, lo que deja desprotegidos a muchos hijos y mujeres".

El caso de Anna Capdevila, una barcelonesa de 46 años, es muy ilustrativo de los efectos perniciosos que puede provocar la ley a las mujeres. Ella y su esposo compraron una vivienda unifamiliar en 1994 y la pusieron a nombre de los dos. Era un empresario boyante y montó tres tiendas de bisutería, en las que ella era la administradora y gerente. Hasta que llegó la crisis, se acabaron los negocios y la convivencia. En 2008 él se marchó con una señora más joven y ella se quedó en la casa, sin trabajo y con una hija con un 65% de discapacidad. Como todo puede empeorar, hace un año que él dejó de pagar los mil euros de la pensión de alimentos y la pensión compensatoria para la madre por haberse ocupado de la menor todo ese tiempo. Las cosas todavía fueron a peor en noviembre de 2009, cuando también dejó de pagar los 700 euros mensuales de hipoteca que había venido asumiendo en solitario desde la ruptura por falta de recursos de ella.

La mujer le ha denunciado por impago de las pensiones -a deuda más de 10.000 euros-, y él argumenta que no tiene dinero. Como no es asalariado y carece de nómina, a ojos de la justicia pasa por insolvente y su cuantioso patrimonio está camuflado a nombre de sociedades pantalla y testaferros, según ella. Aunque sólo quedaban por pagar 18.000 euros de hipoteca, la casa estuvo a punto de salir a subasta.

Al final, él se avino a negociar, y los cónyuges han firmado un préstamo a 30 años para cubrir la deuda pendiente por el que cada uno paga 35,52 euros mensuales. Ella también abona otros 40 euros al mes de otro préstamo a tres décadas, para cubrir su parte de la deuda por aquellos meses que él no abonó la hipoteca. "Estoy desesperada. Lo he perdido todo. No tengo amigos a los que pedir dinero prestado, no tengo trabajo y la justicia sigue siendo ciega conmigo. ¡No sé qué más puedo hacer!", se lamenta Capdevila.

Las excepciones de Cataluña y Aragón
Cataluña y Aragón, al amparo de su derecho civil propio, ya han aprobado leyes que evitan el trato desigual en el uso de la vivienda en caso de separación o divorcio. La norma catalana entrará en vigor el próximo 1 de enero y la aragonesa, a finales de este mes. Ese es el primer texto legal que establece la custodia compartida de los hijos como el régimen preferente que aplicarán los jueces cuando se rompe la pareja si no hay acuerdo entre las partes.

Ambas leyes autonómicas establecen que el derecho a disfrutar de la casa por parte del cónyuge custodio será temporal y ese tiempo lo determinará el juez. "Teniendo en cuenta las circunstancias concretas de cada familia", dice la ley aprobada por las Cortes de Aragón, en la que se prevé también que, si la vivienda pertenece a alguno de los cónyuges, "el juez acordará su venta, si es necesaria para unas adecuadas relaciones familiares".

El texto catalán es más detallado y prevé más situaciones. Así, por ejemplo, al fijar la pensión de alimentos o compensatoria se pondera como contribución en especie la atribución del uso de la vivienda familiar al otro cónyuge. También establece que el juez podrá impedir que el progenitor custodio disfrute de la casa si ostentase medios para cubrir sus necesidades de vivienda. O que se excluya para siempre del uso de la vivienda al cónyuge que tiene que cederla si este tuviese tal solvencia económica que cubrieran con creces las necesidades de la vivienda de los hijos y del otro progenitor.

Otro artículo de la ley catalana advierte de que si la pareja ocupaba un piso que no era de su propiedad, el disfrute de la casa finalizará cuando lo reclame ese tercero. Se pretende evitar así situaciones tan peculiares como aquellas en las que los padres o un familiar le cedieron una vivienda al novio y, con el paso de los años, fue la mujer la que se acabó quedando con la casa al amparo de la sentencia de divorcio que le atribuyó la custodia de los hijos.

La Sala Primera del Tribunal Supremo ya ha venido estableciendo que ese perjudicado podía reclamar la recuperación de la casa, pero la última sentencia datada el pasado 18 de enero es inequívoca. "Cuando el tercer propietario haya cedido el uso de forma totalmente gratuita y de favor al usuario de la vivienda, producida la crisis matrimonial y atribuido dicho uso al otro cónyuge, el propietario ostenta la acción de desahucio porque existe un precario", dice el Alto Tribunal, en la resolución de la que fue ponente la magistrada Encarnación Roca Trias.

Tres leyes para la misma realidad
- Artículo 96. Código Civil. "En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por el juez, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella corresponden a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden. Cuando alguno de los hijos quede en la compañía de uno y los restantes en la del otro, el juez resolverá lo procedente".

- Artículo 233-20. Ley catalana. "Si no hay acuerdo o este no es aprobado, la autoridad judicial ha de atribuir el uso de la vivienda familiar, preferentemente al progenitor a quien corresponda la guarda de los hijos mientras dure esta (...) La atribución del uso de la vivienda a uno de los cónyuges se ha de hacer con carácter temporal y es susceptible de prórroga, también temporal".

- Artículo 7. Ley aragonesa. "En los casos de custodia compartida, el uso de la vivienda familiar se atribuirá al progenitor que por razones objetivas tenga más dificultad de acceso a una vivienda y, en su defecto, se decidirá por el juez el destino de la vivienda (...) La atribución del uso de la vivienda familiar a uno de los progenitores debe tener una limitación temporal que, a falta de acuerdo, fijará el juez".

miércoles, 4 de agosto de 2010