sábado, 31 de julio de 2010

Los supermercados Lidl indemnizan con 7.500 euros a un niño de 5 años al que acusaron de robar una bolsa de patatas fritas


El tribunal determinó que agarrarlo por el brazo equivale a “encarcelamiento erróneo y asalto”

Los supermercados Lidl indemnizan con 7.500 euros a un niño de 5 años al que acusaron de robar una bolsa de patatas fritas

La madre denunció a la cadena comercial por “herir su reputación” y la de su hijo

BBC Mundo, 30 de julio de 2010 a las 13:46
La falsa denuncia de la empleada causó al niño “angustia y molestias”
Lidl ha sido acusada de difamación por un tribunal irlandés y condenada a pagar 7.500 euros a un niño de 5 años al que acusó erróneamente de robar una bolsa de patatas fritas.

Los hechos ocurrieron en junio de 2009 cuando el niño y su madre estaban haciendo la compra en un supermercado Lidl en Dublín.

Una de las empleadas del establecimiento agarró al chaval del brazo y le acusó de estar robando una bolsa de patatas fritas de sal y vinagre.

La madre del pequeño, que responde al nombre de Tadhg Mooney, mostró al encargado de la tienda el recibo de compra de la bolsa de papas pero, según se declaración, el empleado no la tomó en serio.

Ante tal comportamiento, decidió llevar a Lidl a los tribunales por calumnia.

La madre denunció al supermercado por “herir su reputación” y la de su hijo. Además, la falsa denuncia de la empleada causó al niño “angustia y molestias”.

El tribunal determinó que la acción de la trabajadora de Lidl al asir el brazo del chaval es equivalente a “encarcelamiento erróneo y asalto”, por lo que condena a la cadena a indemnizarle con la cantidad arriba señalada.

viernes, 30 de julio de 2010

Cuidado con subir fotos a las redes sociales

Cuidado con subir fotos a las redes sociales

Conseguir un poco de seguridad e intimidad en las redes sociales es una tarea muy compleja. Parece que el lema a seguir es "la seguridad para el que se la trabaja, y mucho". Los usuarios más concienciados de la redes sociales toman todo tipo de medidas, en algunos casos llegando incluso a la paranoia. Se aseguran de no compartir ningún tipo de datos personales con nadie, eliminan la información confidencial de sus perfiles, y ni siquiera introducen datos como su nombre y apellidos o su dirección postal.

Por desgracia, todas las redes sociales tienen un fuerte componente exhibicionista. Aunque un usuario no comparta información, a menudo procura mostrar en público diversas fotografías,

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y aquí
es donde se produce una de las más graves brechas de seguridad.
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. Por muchas precauciones que tome el usuario, por mucho que elimine su información,

** basta con que suba una fotografía a su página en una red social,**

para que esté facilitando la acción de acosadores y delincuentes para que lo encuentren en pocos segundos.En los últimos tiempos ha surgido una nueva tecnología llamada geoetiquetado, o etiquetas geográficas. Es una información que muchos dispositivos incrustan en las fotografías para que los propietarios de la máquina sepan dónde tomaron cada foto. Es muy útil para los aficionados a los viajes, porque podrán volver con toda precisión al mismo sitio, y además podrán guiar a los amigos para que encuentren esa cascada tan pintoresca o ese chiringuito donde tenían un pescado magnífico.
En el caso de las cámaras de fotos digitales, es poco habitual que tengan un GPS, aunque a muchas se les puede añadir poniendo un módulo externo. No ocurre lo mismo con la mayoría de los teléfonos móviles inteligentes, que integran un GPS; en estos momentos son los favoritos de los internautas a la hora de tomar fotografías. Crear geoetiquetas con un teléfono móvil es un proceso automático. No se ha llegado al extremo de que la opción venga activada por defecto en todos los móviles, pero muchos de ellos, durante el proceso inicial de configuración, preguntan al usuario si quiere activar o no la función de geoetiquetado, y no dan demasiadas explicaciones sobre en qué consiste. Muchísimos usuarios lo activan sin saber lo que están haciendo.

En otros supuestos, el teléfono ha pasado por las manos de una compañía de móviles, que ha introducido ciertas modificaciones para asegurarse de cerrar el teléfono a las tarjetas de la competencia, y en estos teléfonos el usuario no tiene ninguna garantía de que el geoetiquetado no esté activado por defecto. Cada vez más teléfonos móviles están preparados para subir las fotos a sitios de Internet con sólo pulsar un botón. Y allá va, todo un caudal de información personal que queda disponible a merced de quien quiera buscarla, y el usuario sin enterarse de nada.
La información geográfica está incrustada en el código de las fotografías como datos EXIF (Exchangeable Image File format) y, dependiendo del dispositivo y del software de edición, puede ser más o menos completa. Incluye información como las coordenadas geográficas del lugar donde se hizo la foto, el modelo del dispositivo con el que se tomó (y hasta el número de serie, el enfoque, la distancia, el tipo de objetivo, la apertura, los parámetros lumínicos, y a veces incluso hasta el nombre y apellidos del fotógrafo.
Algunos usuarios de redes sociales se creen absolutamente seguros, porque han dejado pocas pistas y, en consecuencia, se atreven a compartir en Internet fotos de su pinacoteca particular, porque saben que no hay datos de referencia en la imagen, o incluso de las actividades de sus hijos, porque no aparecen camisetas o señas identificativas de quiénes son o dónde están. Sin embargo, olvidan todos los datos que hay codificados en la información incrustada o “metadata”, que es como la llaman los especialistas en informática.
Recientemente, Gerald Friedland y Robin Sommer, investigadores del International Science Institute, han demostrado lo fácil que es para un pederasta, un ladrón, un secuestrador o un acosador obtener datos de las fotografías. Descargaron fotos de un servicio de Internet llamado Craig List. Es la lista de anuncios clasificados más antigua de Internet, y ofrece a los usuarios la opción de que no se publique ningún otro dato personal. Friedland y Sommer consiguieron extraer información geográfica de fotografías de objetos a la venta. A continuación hicieron una búsqueda de vídeos en YouTube, bajo la etiqueta "niños". La mayoría de ellos habían sido tomados con un teléfono inteligente y contenían información geográfica. Aún más grave, lograron reconstruir el itinerario del viaje de muchos internautas que habían colgado fotos o vídeos de todos los lugares que habían recorrido, e incluso pudieron determinar que todavía no habían vuelto a casa, y cuál era su dirección postal. Para obtener toda esta información sensible, no tuvieron que romperse demasiado la cabeza. Bastó con que introdujeran las coordenadas geográficas que aparecen en las geoetiquetas, en un servicios gratuito como Google Street View. Así pudieron hacerse con la dirección del domicilio, y ver la fotografía de la fachada. Para obtener la información EXIF detallada y desglosada, se puede utilizar un programa como Exiftool.
El internauta que quiera mantener su intimidad tendrá que tomar la decisión de desactivar la opción de geoetiquetado de su teléfono móvil con GPS. Deberá consultar el manual, porque el proceso es distinto según el modelo. Quien encuentre esta función necesaria, siempre puede procesar las fotos por lotes con el programa gratuito IrFanView, que ofrece la opción de eliminar todos los metadatos EXIF.

Cuidado con subir fotos a las redes sociales

Cuidado con subir fotos a las redes sociales

@Eva Martín / Juan F. Marcelo - 30/07/2010


Conseguir un poco de seguridad e intimidad en las redes sociales es una tarea muy compleja.

Parece que el lema a seguir es "la seguridad para el que se la trabaja, y mucho".

Los usuarios más concienciados de la redes sociales toman todo tipo de medidas, en algunos casos llegando incluso a la paranoia. Se aseguran de no compartir ningún tipo de datos personales con nadie, eliminan la información confidencial de sus perfiles, y ni siquiera introducen datos como su nombre y apellidos o su dirección postal.

Por desgracia,
todas las redes sociales tienen un fuerte componente exhibicionista. Aunque un usuario no comparta información, a menudo procura mostrar en público diversas fotografías,

y aquí es donde se produce una de las más graves brechas de seguridad.

Por muchas precauciones que tome el usuario, por mucho que elimine su información, basta con que suba una fotografía a su página en una red social, para que esté facilitando la acción de acosadores y delincuentes para que lo encuentren en pocos segundos.En los últimos tiempos ha surgido una nueva tecnología llamada geoetiquetado, o etiquetas geográficas. Es una información que muchos dispositivos incrustan en las fotografías para que los propietarios de la máquina sepan dónde tomaron cada foto. Es muy útil para los aficionados a los viajes, porque podrán volver con toda precisión al mismo sitio, y además podrán guiar a los amigos para que encuentren esa cascada tan pintoresca o ese chiringuito donde tenían un pescado magnífico.
En el caso de las cámaras de fotos digitales, es poco habitual que tengan un GPS, aunque a muchas se les puede añadir poniendo un módulo externo. No ocurre lo mismo con la mayoría de los teléfonos móviles inteligentes, que integran un GPS; en estos momentos son los favoritos de los internautas a la hora de tomar fotografías. Crear geoetiquetas con un teléfono móvil es un proceso automático. No se ha llegado al extremo de que la opción venga activada por defecto en todos los móviles, pero muchos de ellos, durante el proceso inicial de configuración, preguntan al usuario si quiere activar o no la función de geoetiquetado, y no dan demasiadas explicaciones sobre en qué consiste. Muchísimos usuarios lo activan sin saber lo que están haciendo.

En otros supuestos, el teléfono ha pasado por las manos de una compañía de móviles, que ha introducido ciertas modificaciones para asegurarse de cerrar el teléfono a las tarjetas de la competencia, y en estos teléfonos el usuario no tiene ninguna garantía de que el geoetiquetado no esté activado por defecto. Cada vez más teléfonos móviles están preparados para subir las fotos a sitios de Internet con sólo pulsar un botón. Y allá va, todo un caudal de información personal que queda disponible a merced de quien quiera buscarla, y el usuario sin enterarse de nada.
La información geográfica está incrustada en el código de las fotografías como datos EXIF (Exchangeable Image File format) y, dependiendo del dispositivo y del software de edición, puede ser más o menos completa. Incluye información como las coordenadas geográficas del lugar donde se hizo la foto, el modelo del dispositivo con el que se tomó (y hasta el número de serie, el enfoque, la distancia, el tipo de objetivo, la apertura, los parámetros lumínicos, y a veces incluso hasta el nombre y apellidos del fotógrafo.
Algunos usuarios de redes sociales se creen absolutamente seguros, porque han dejado pocas pistas y, en consecuencia, se atreven a compartir en Internet fotos de su pinacoteca particular, porque saben que no hay datos de referencia en la imagen, o incluso de las actividades de sus hijos, porque no aparecen camisetas o señas identificativas de quiénes son o dónde están. Sin embargo, olvidan todos los datos que hay codificados en la información incrustada o “metadata”, que es como la llaman los especialistas en informática.
Recientemente, Gerald Friedland y Robin Sommer, investigadores del International Science Institute, han demostrado lo fácil que es para un pederasta, un ladrón, un secuestrador o un acosador obtener datos de las fotografías. Descargaron fotos de un servicio de Internet llamado Craig List. Es la lista de anuncios clasificados más antigua de Internet, y ofrece a los usuarios la opción de que no se publique ningún otro dato personal. Friedland y Sommer consiguieron extraer información geográfica de fotografías de objetos a la venta. A continuación hicieron una búsqueda de vídeos en YouTube, bajo la etiqueta "niños". La mayoría de ellos habían sido tomados con un teléfono inteligente y contenían información geográfica. Aún más grave, lograron reconstruir el itinerario del viaje de muchos internautas que habían colgado fotos o vídeos de todos los lugares que habían recorrido, e incluso pudieron determinar que todavía no habían vuelto a casa, y cuál era su dirección postal. Para obtener toda esta información sensible, no tuvieron que romperse demasiado la cabeza. Bastó con que introdujeran las coordenadas geográficas que aparecen en las geoetiquetas, en un servicios gratuito como Google Street View. Así pudieron hacerse con la dirección del domicilio, y ver la fotografía de la fachada. Para obtener la información EXIF detallada y desglosada, se puede utilizar un programa como Exiftool.
El internauta que quiera mantener su intimidad tendrá que tomar la decisión de desactivar la opción de geoetiquetado de su teléfono móvil con GPS. Deberá consultar el manual, porque el proceso es distinto según el modelo. Quien encuentre esta función necesaria, siempre puede procesar las fotos por lotes con el programa gratuito IrFanView, que ofrece la opción de eliminar todos los metadatos EXIF.

lunes, 19 de julio de 2010

Barrionuevo, sorprendido de que 'desde el PSOE se proteja y se jalee a Garzón'




POLÍTICA | En una entrevista a 'Vanity Fair'

Barrionuevo, sorprendido de que 'desde el PSOE se proteja y se jalee a Garzón'

José Barrionuevo en su casa de Balanegra, Almería. | Vanity Fair

Asegura que el juez 'hizo todo lo posible para meter a Felipe en la cárcel'
Además, afirma que 'actuó al margen de los principios constitucionales'

ELMUNDO.es | Madrid
Actualizado lunes 19/07/2010 17:45 horas
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El ex ministro del Interior, José Barrionuevo, se ha mostrado sorprendido por que "desde el PSOE se proteja y se jalee a Garzón, que hizo todo lo posible para meter a Felipe en la cárcel" y para que "viniera Aznar". Además, ha añadido, "actuó al margen de los principios constitucionales".

Así se ha expresado el que fuera ministro durante la primera y segunda legislatura de Felipe González en una entrevista en la revista 'Vanity Fair'. Según ha explicado, "El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha declarado por unanimidad que el primer proceso que hizo famoso a Garzón, en el que tengo algo que ver, mostraba una actitud prevaricadora, no debía haber intervenido".

Barrionuevo ha reconocido que la nueva generación del PSOE no ha consultado a la vieja generación aunque, ha dicho, "eso suele suceder". "Quizá algunos errores no se hubieran cometido de haberse tenido más en cuenta que el mundo no empezó en 2004", ha explicado.

Lamentó que "en el reciente acto del aniversario del centenario en el Congreso de Pablo Iglesias, nos invitaron a todos los diputados socialistas y las dos estrellas fueron Alfonso Guerra y Felipe González". Y es que, "no contar con gente valiosa fue una equivocación. Es sintomático que cuando el asunto se ha puesto peor, las estrellas escogidas fueran ellos dos".

Respecto al 'caso Marey', por el que el ex ministro de Interior estuvo en la cárcel tres meses, ha afirmado que no intentaría explicárselo a las nuevas generaciones. "Sinceramente, no intentaría explicárselo. He pasado página, no tengo ningún cargo de conciencia. La sentencia que me condenó fue injusta", ha apostillado.

viernes, 9 de julio de 2010

"El TC abdica de su función haciendo decir al Estatut lo que no dice"

SE HACEN PÚBLICOS LA SENTENCIA Y LOS VOTOS PARTICULARES

"El TC abdica de su función haciendo decir al Estatut lo que no dice"

"El TC abdica de su función haciendo decir al Estatut lo que no dice"


El TC ha publicado este viernes la sentencia sobre el Estatut, en la que se interpretan 27 artículos finalmente no declarados inconstitucionales. La mitad de los magistrados del Alto Tribunal han redactado votos particulares. Las críticas al texto de María Emilia Casas son demoledoras.




Documentos: Sentencia del TC sobre el Estatuto catalán | Estatuto de Cataluña
LEA ÍNTEGRA LA SENTENCIA
Las discutibles interpretaciones
¿Qué es inconstitucional?
El Poder Judicial catalán, anulado
Las discutibles interpretaciones del TC
2010-07-09ImprimirEnviarCorregirComentar
J.ARIAS/ A. MARTIALAY/ M. R. MARTÍN/ R.VILAS
El Tribunal Constitucional ha hecho pública este viernes la sentencia de 881 páginas que responde al recurso del PP interpuesto contra el Estatuto de Autonomía de Cataluña. La resolución judicial ha contado con cinco votos particulares, la mitad de los magistrados que componen el tribunal.

Aunque el día en el que se conoció el fallo, el pasado 28 de junio, fueron cuatro los magistrados que anunciaron que harían voto particular -Ramón Rodríguez Arribas, Jorge Rodríguez Zapata, Vicente Conde y Javier Delgado, todos ellos pertenecientes al sector conservador-, finalmente, también el progresista Eugeni Gay ha redactado el suyo.

La crítica más generalizada entre los magistrados discrepantes es que la resolución judicial es demasiado interpretativa, inconcreta, poco clarificadora de cara a quienes deben impartir Justicia, pero también, y más importante, para los ciudadanos.

Muy critico se ha mostrado en su exposición el magistrado Vicente Conde que señala que en la sentencia se usa "en términos desmedidos" la "técnica de las interpretaciones conformes". En este sentido argumenta que:

"El uso de la técnica de la interpretación conforme, en cuanto instrumento de la conservación de la Ley al servicio de un principio democrático, a mi juicio, no puede desembocar, (so pena de lesionar ese mismo principio democrático, que debe estar en su base), en el efecto de que la Ley interpretada por el Tribunal con esa técnica pierda su propia identidad, de modo que tras su enjuiciamiento pueda llegar a ser una Ley distinta", destaca Conde.

"Salvar la constitucionalidad de una Ley recurrida, negando lo que la misma dice, sobre la base de hacerla decir lo que no dice, más que un error, supone, a mi juicio, simultáneamenteun modo de abdicación de la estricta función jurisdiccional y de ejercicio de una potestad constitucional que al Tribunal no le corresponde", añade el magistrado.

Además, Conde subraya que "en el uso aconsejable de la técnica de la interpretación conforme de la Ley, no puede perderse de vista que la Ley tiene por destinatario a la ciudadanía, y que por ello su interpretación debe poder ser inteligible por sus destinatarios. Una interpretación de la Ley que pudiera resultar esotérica para un ciudadano culto, aunque no jurista, y que pretendiera justificarseen claves inasequibles a ese teórico ciudadano, no creo que pueda servir ni a la potenciación de la auctoritas del Tribunal, ni a la de la confianza de los ciudadanos en su Constitución".

En este sentido, Vicente Conde también argumenta que "esa concepción de globalidad y su congrua respuesta, como primer paso en el discurso, debe ir seguida de inmediato del análisis de si los diferentes preceptos cuestionados tienen en sí mismos entidad para, integrados en el conjunto global citado, sustentar la configuración jurídica de Cataluña como nación. Y caso de que pudiera ser así, emitir con inequívoca precisión el correspondiente fallo de constitucionalidad o inconstitucionalidad de dichos preceptos".


Voto particular de Rodríguez Arribas

En su voto particular, el magistrado Ramón Rodríguez Arribas muestra su discrepancia con la sentencia del Estatuto "no tanto por lo que dice sino más bien por lo que omite, y por aquellas declaraciones y fundamentaciones" que considera "insuficientes, ambiguas o erróneas".

Además, el magistrado sostiene que "el Tribunal Constitucional puede y debe, en aras del principio de preservación o conservación de la ley, interpretar conforme a la Constitución los textos legales que, siendo susceptibles de ser entendidos en sentidos diversos, sólo en alguno o algunos de ellos resulten conciliables con los principios y valores constitucionales" .

Pero añade que en el desarrollo de su función de intérprete supremo o último de la Constitución "el Tribunal Constitucional no puede suplantar al legislador e incluir en el Ordenamiento jurídico preceptos o desarrollos normativos que, en rigor, no responden a la interpretación de los textos legales, sino a la introducción en ellos de contenidos ajenos que los rectifican o alteran".

Por ejemplo, en el preámbulo de la norma estatutaria se recoge que "el autogobierno de Cataluña se fundamenta también en los derechos históricos del pueblo catalán" algo inconcebible para Rodríguez Arribas. El motivo es que "si se reconoce que hay derechos anteriores a la Constitución y que esta no tiene más remedio que reconocer se estaría sugiriendo la nulidad absoluta de la propia Constitución".

Además, el magistrado Ramón Rodríguez Arribas sostiene que aunque el Preámbulo donde "no tenga fuerza jurídica no tenga fuerza jurídica normativa y sí sólo interpretativa tiene una importancia que no puede minimizarse".

"Aunque no exista precedente jurisprudencial, el asunto es tan grave y tan singular que era procedente la declaración de inconstitucionalidad y consiguiente nulidad de los enteros párrafos del Preámbulo contrarios a la Constitución", añade Arribas. Por su parte, la sentencia se limita a señalar que la Carta Magna "no conoce otra nación que la española" y que "la ciudadanía catalana no es sino una especie de la ciudadanía española". Estima que el preámbulo del Estatuto catalán "carece de eficacia jurídica interpretativa" en cuanto define a Cataluña como nación o cuando alude a los derechos del pueblo catalán.

Discrepancia "radical" de Javier Delgado

Por otro lado, en su voto particular el magistrado Javier Delgado Barrio muestra su discrepancia "radical" con la sentencia dictada por el Alto Tribunal, y censura que el mismo opte por dejar de lado su papel de "interpretador" de la legalidad para situarse casi como "legislador", retocando artículos del Estatut para no tener que declararlos inconstitucionales.

"Desconociendo los límites de su actuación, más concretamente, apartándose del contenido de la función que le encomienda la Constitución, usurpa funciones que corresponden al legislador", dice sobre el tribunal, dando a "numerosos preceptos un sentido diferente, incluso, en no pocas ocasiones, contrario, al que resulta de su texto", y que, según dice, habrían dado lugar, entonces, a "un Estatuto nuevo".

Según el magistrado, de tendencia conservadora, en lugar de llevar a cabo estos retoques, el TC debía haber ilegalizado los artículos que chocaban directamente con los preceptos constitucionales y que, incluso, con su aprobación reformaban de facto la Constitución.

"La definición de Cataluña como nación, elemento esencial del Estatuto impugnado, contradice frontalmente el fundamento mismo de la Constitución –artículo 2º–, que en su sistema sólo admite una nación que es la Nación española. Claro es que la Constitución puede reformarse, pero no es el Estatuto, norma subordinada a la Constitución, cauce hábil para ello", dice.

Asimismo, cree que debieron declararse inconstitucionales muchos de los artículos relativos, por ejemplo, al uso del catalán ante las Administraciones Públicas.

"La sentencia modifica la Constitución"

Por su parte, el voto particular de Jorge Rodríguez-Zapata resulta especialmente demoledor para la sentencia. El magistrado comparte la opinión de muchos de que el Estatuto supone, en sí mismo, una reforma encubierta de la Constitución: "se subroga en el papel del legislador constituyente y modifica la Constitución sin seguir los procedimientos arbitrados para su reforma".

También afirma que "incurre en un vicio colosal de incompetencia que subvierte la división del poder entre el Estado y las Comunidades Autónomas" y que "lesiona la igualdad de todos los españoles en sus derechos", con una mención especial al derecho de usar "la lengua española oficial del Estado". Añade que "colapsa el funcionamiento mismo del Estado".

Critica, como los otros tres magistrados conservadores, que interprete los preceptos inconstitucionales "recurriendo al género, siempre resbaladizo, de las sentencias intepretativas de rechazo". Y subraya que base su argumentarlo en que "no importa que el Estatuto contradiga la Constitución porque es obvio que la Constitución se protege a sí misma". Para Rodríguez Zapata, con esta sentencia, el tribunal "abdica de su misión esencial de garantizar la superioridad formal de la Constitución sobre los Estatutos" produciendo un daño que "tardará años en sanar".

Según Zapata, no hay duda de que con este texto se "modifica la Constitución y convierte en letra muerta treinta años de jurisprudencia constitucional". Advierte, además, que el resto de autonomías podrán "deconstruir las competencias del Estado y afectar a una Constitución rígida en su núcleo esencial". Al tener el Estatuto el "defecto capital" de "un vicio formal de incompetencia", atribuyéndose competencias que no le corresponden, concluye que "no cabe una sentencia interpretativa". "El remedio no es su interpretación conforme a la Constitución sino la declaración pura y simple de su inconstitucionalidad".

El magistrado afirma que con esta sentencia "la seguridad jurídica cede el paso a la interpretación manipulativa" hasta el punto de que el texto se convierte en "un embrollo de normas vacías, paralizadas, futuras o a las que se hace decir lo que no dicen, ni han querido decir". Subraya que "no están todas las inconstitucionalidades que son" ni tampoco "son todas las inconstitucionalidades que están", poniendo como ejemplo el caso del Consejo de Justicia de Cataluña, cuya existencia se anula pero no se hace lo mismo con todas sus atribuciones.

"Cataluña como nación no se contrapone a España"

Por su parte, el magistrado del llamado sector progresista del TC Eugeni Gay también ha emitido su respectivo voto particular. Gay cree que el adjetivo "nacional" que se aplica a Cataluña en el preámbulo del Estatut "no ha de entenderse como contrapuesto a la Nación española" y que, al declarar en el fallo su falta de eficacia jurídica, la sentencia "silencia" la pluralidad de España.

Gay, único miembro del tribunal nacido en Cataluña, respalda en su conjunto la resolución, pero reprocha a ésta no haber sabido responder a "la realidad jurídica del mundo contemporáneo, en que las soberanías son difíciles de distinguir y los Estados no son soberanos en el sentido pleno del término".

El magistrado se pronuncia así en el voto particular en el que muestra su discrepancia con la "incorrecta inclusión" en el fallo de la sentencia del párrafo en el que se dice que las referencias a "Cataluña como nación" y a la "realidad nacional de Cataluña" carecen de eficacia jurídica interpretativa.

Según Gay, la sentencia insiste en destacar la "indisoluble unidad" de la Nación española "silenciando" otra de sus características, la de su pluralidad; hace decir al Estatuto "lo que no dice" a partir "de una lectura forzada del preámbulo" e incluye en su fallo un párrafo "absolutamente innecesario", "imprudente" y que "carece del menor rigor jurídico constitucional".

"La sentencia no duda en declarar compatibles entre sí los términos Pueblo de Cataluña y Pueblo español (...) o Ciudadanos de Cataluña y Ciudadanía española", dice Gay, que recuerda que otros Estatutos definen a su Comunidad como "nacionalidad histórica" y a su población como "pueblo" y que el andaluz llega a emplear las expresiones "patria andaluza" y "realidad nacional".

domingo, 4 de julio de 2010

La desnacionalización

La desnacionalización

El difuso proyecto político de ZP se ha basado desde el principio en la descreencia del concepto de nación española


IGNACIO CAMACHO
Día 04/07/2010
AUNQUE ha sido la crisis económica el factor determinante del desplome de Zapatero en la opinión pública, desnudando ante la mayoría de los ciudadanos españoles y los dirigentes extranjeros su incompetencia como gobernante y su frívola temeridad política, el doble mandato zapaterista contiene un elemento mucho más pernicioso que su manifiesta incapacidad para hacer frente a una profunda quiebra social y financiera: la desvertebración del Estado que tenía la responsabilidad de dirigir como primer ministro. El pésimo manejo de la recesión sólo demuestra al fin y al cabo su falta de preparación para ejercer la responsabilidad de Gobierno, una clamorosa ineptitud que cuestiona los filtros de selección de la vida pública española; la desnacionalización de España, sin embargo, constituye una estrategia de grave inconsciencia que ha comprometido, por intereses tácticos de corto vuelo, la urdimbre que sostenía la cohesión de nuestra sociedad democrática.
El Estatuto catalán es la pieza clave de esa intención disgregadora, afortunadamente embridada por el Tribunal Constitucional en una sentencia que al menos fija doctrina sobre unos mínimos infranqueables que el presidente permitió rebasar para establecer una alianza de intereses con los grupos soberanistas. Su difuso proyecto político se ha basado desde el principio en la descreencia del concepto de nación española, que todavía siendo jefe de la oposición consideró «discutido y discutible». Una vez en el poder aplicó ese relativismo suicida hasta unos términos nihilistas que suponían de hecho la transformación del modelo constitucional en un vago territorialismo confederativo, aflojando de forma decidida —mediante una oleada de reformas estatutarias regionales— los pernos que sujetaban desde 1978 el equilibrio del Estado de las autonomías. Para ello no tuvo reparos en mentir y engañar a unos y a otros, incluyendo a los propios nacionalistas, sorteando los obstáculos que él mismo levantaba con fintas improvisadas que han ido cuarteando las reglas y compromisos de la convivencia colectiva. Todavía esta semana, enfrentado a la realidad de un veredicto que pone freno a parte de su deriva fragmentadora, se ha permitido decir que el Estatuto es «básicamente» constitucional —como si un presidente pudiese conformarse con eso— y que da por cumplido el impreciso objetivo que le llevó a abrir la demencial carrera de soberanismo a la carta.
No parece, empero, que la exigencia del nacionalismo catalán se conforme ahora con el recorte del impulso al que dio alas la irresponsable dejación de las funciones presidenciales. Los primeros indicios apuntan a que, lejos de cerrar la desconstitucionalización encubierta, Zapatero se dispone a entregar, para mantenerse a flote, nuevas concesiones que avancen en esa inquietante deriva sin freno.